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Se entiende por Propiedad Industrial, al derecho que
otorga El Estado, para el USO EXCLUSIVO de las creaciones que tengan
aplicación industrial.-
Estas creaciones, se clasifican dentro de dos grandes
áreas:
1) LAS MARCAS
2) LAS PATENTES
1) DE LAS MARCAS:
Se entiende como marca, todo signo, figura,
dibujo, palabra o combinación de palabras, leyenda y cualquier otra
señal que revista novedad, usados por una persona natural o jurídica
para distinguir los artículos que produce, aquellos con los cuales
comercia o su propia empresa.-
En nuestra legislación, se manejan los siguientes tipos
de marcas:
A) Marca de Productos
Que sirve para identificar el producto que
comercializamos.
Ejemplo: Zapatos; camisas; jugos; muebles; etc.
B) Marca de Servicios
Que sirve para identificar el servicio que
prestamos
Ejemplo: Publicidad; Finanzas; Transporte; etc.-
C) Nombre Comercial
Que sirve para identificar la Razón Social con la
que realizamos nuestra actividad comercial.-
Ejemplo: Petróleos de Venezuela; Banco Provincial; CANTV;
etc
D) Lema Comercial
Que sirve para identificar aquella frase o
palabra, ralacionada publicitariamente con Marcas o Nombres
Comerciales.-
Ejemplo: El Caucho del Dobermann; Su punto de
apoyo; El canal de la información; etc..-
2) DE LAS PATENTES
Bajo la denominación de Patentes, tenemos
aquellas creaciones que se relacionan con la tecnología, que tengan
aplicación industrial y que mejoren el estado de la técnica conocido
hasta ese momento.-
Nuestra legislación, prevee los siguientes tipos de
Patentes:
A) Invención
En Venezuela se otorgan patentes para las
invenciones, de productos o procedimientos, en todos los campos de
la tecnología; siempre que estas sean novedosas, tengan alto nivel
inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.-
B) Modelo de Utilidad
Se concede patente de modelo de utilidad, a toda
nueva forma, configuración o disposición de elementos de algún
artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto, que
permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o
fabricación del objeto que lo incorpora o, que le proporcione alguna
utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.-
C) Diseño Industrial
Se considera como diseño industrial, cualquier
reunión de líneas, o combinación de colores, o cualquier forma
bidimencional o tridimensional, que se incorpore a un producto para
darle una apariencia especial, sin que cambie el destino o finalidad
de dicho producto y sirva de tipo o patrón para su fabricación.-
Podrán obtener Título de Propiedad tanto de Marcas como
Patentes, las personas jurídicas así como las personas naturales, una vez
cumplido con las exigencias establecidas en la legislación.-
Por qué se registran las creaciones
Los registros de Propiedad Industrial e Intelectual, no
son de carácter obligatorio, pero al cumplir con tal proceso se obtienen
básicamente "Cuatro" beneficios, que son los que le brindaran tranquilidad y
seguridad en el futuro.-
1) Exclusividad de uso a nivel nacional, de
aquello sobre lo cual hayamos obtenido registro.-
Obligando con ello, a que los demás se abstengan
en el uso de dicha creación.-
2) Obtenemos la seguridad de que aquello que
ha sido creado por nosotros, no va a ser registrado por otra
persona. Con ello, evitamos que terceras personas, lleguen a
prohibirnos la utilización de nuestras creaciones. Léase, robo
efectuado legalmente.-
3) Al contar con Certificado de Registro de
nuestras creaciones, tenemos en las manos el documento requerido
para poder actuar en contra de los plagiarios. Sin él, resultaría
casi imposible encaminar acciones legales contra terceros.-
4) Los registros de Marcas, Patentes, o
Derechos de Autor, son Activos Intangibles y por consiguiente
propiedades que pueden ser vendidas o licenciadas.-
En muchas industrias, el valor comercial de todos
sus activos, suele ser inferior al valor de su Propiedad Industrial
e Intelectual.-
Para poder prendarlas, venderlas o licenciarlas,
usted primero debe tenerlas registradas.-
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